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Tras llegar la guerra de las televisiones al fútbol femenino Competencia insta a la Federación de Fútbol a facilitar la venta de derechos audiovisuales ![]() ![]() ![]() ![]() Competencia instó este lunes a la Real Federación Española de Fútbol a modificar aspectos de su propuesta para la comercialización de los derechos audiovisuales de la Copa del Rey. Se trata de los derechos que afectan a la fase previa territorial y a los de explotación de los resúmenes de las temporadas 2019-2022. La propuesta de la Federación incorpora algunas observaciones realizadas por la CNMC en informes previos, aunque en algunos aspectos incumple los requisitos del Real Decreto-ley 5/201 ![]() La Comisión Nacional de Mercados y Competencia ha emitido un informe en el que valora positivamente la incorporación de ciertas observaciones realizadas previamente por la Comisión en los informes (INF/DC/053/19, INF/DC/062/19 e INF/DC/094/19). En todo caso, insta a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) a adecuar completamente su propuesta de comercialización de los derechos de retransmisión audiovisual en España, fase previa territorial y de los resúmenes de la Copa del Rey para las temporadas 2019 a 2022, a la legislación vigente.(INF/DC/118/19). La notiicia se difunde después de que la guerra de las televisiones llegara al fútbol femenino en la primera jornada de la Liga Primera Iberdrola; el Madrid Club de Fútbol Femenino impedió este domingo la entrada a sus instalaciones del equipo de producción de Mediapro que debía hacer la retransmisión del partido que enfrenta esta tarde al equipo madrileño con el Real Betis. La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) no pudo cumplir su promesa (“Se retransmitirán en directo todos los partidos de Primera División y al menos tres de Segunda”, declaró en junio la RFEF a través de las redes sociales), mientras diversos equipos negocian más allá de Mediapro y confirman lo que es una realidad: más de un operador apostará por el fútbol femenino. Sólo cuatro encuentros tuvieron garantizada su emisión cuando este fin de semana La Liga Iberdrola abrió el telón con una expectación sin precedentes, aunque con un inconveniente: no todos los aficionados podrían ver a su equipo, salvo los abonados a Mediapro (Gol y Vamos), el mismo operador que el pasado curso emitió algunos duelos. ![]() La productora audiovisual, adquirida el pasado año por capitales chinos, señaló que esta decisión incumple el acuerdo al que llegó en marzo la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino, de la que forma parte este club madrileño, para adjudicarle los derechos audiovisuales de la Primera Iberdrola mediante un concurso público.El club femenino ha incumplido el acuerdo al que llegó Mediapro con la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino para retransmitir sus partidos.Mediapro atribuye esta situación a las “injerencias” de la Federación Española de Fútbol, que “trata de comprar los derechos ya adjudicados y amenaza con sanciones a los clubes”, con lo, que según dice en un comunicado, están “perturbando” el desarrollo de la Liga Iberdrola.La productora califica de algo “totalmente inaudito” esta actuación de la federación, que “escapa de sus competencias” y que supone que entré “en competencia directa” con los operadores audivisuales”. La evolución de la propuesta de la RFEFEl pasado 18 de julio, la CNMC informó sobre la propuesta de la RFEF para la comercialización de los derechos audiovisuales de retransmisión del Campeonato de Copa de SM el Rey para las temporadas 2019-2020 (INF/DC/094/19). Las condiciones generales de comercialización de los lotes correspondientes a los resúmenes en abierto y de pago y a la fase previa territorial habían quedado pendientes de formular por la RFEF y son el objeto del presente informe. En el informe recién publicado, la CNMC insta a la RFEF a adecuar su propuesta teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
La CNMC recuerda que la Propuesta de comercialización presentada por la RFEF estará sujeta a los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC), y artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en todos aquellos aspectos que excedan el amparo recogido en el Real Decreto-ley 5/2015. (INF/DC/118/19) |
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